Preguntas Frecuentes

  • 1- ¿Por qué son ilegales los aumentos que las Isapres realizan en los planes de salud?

    Los tribunales de justicia han resuelto que las Isapres no pueden subir de manera unilateral los precios base de los planes de salud, ya que ello atenta contra los derechos que los afiliados adquieren cuando firman un contrato de salud. Los contratos sólo pueden modificarse por acuerdo mutuo, excepto casos muy calificados, que no han sido adecuadamente aplicados por las Isapres. Además, es improcedente el aumento de los planes por el factor edad, según lo resuelto por el Tribunal Constitucional en agosto de 2010.

  • 2- ¿Cómo comunican las Isapres las alzas en los planes de salud?

    Mediante el envío de una carta certificada al domicilio del afiliado.

  • 3- ¿Qué ocurre si nada hago frente a esta carta?

    Se entiende que usted acepta el alza, y por ende, le subirán el porcentaje anunciado. El precio de su plan subirá, pero los beneficios y cobertura no.

  • 4- ¿Qué ocurre si me cambio al plan alternativo ofrecido por la Isapre?

    Pagará menos o lo mismo por su nuevo plan, pero tendrá menores prestaciones y beneficios en salud.

  • 5- ¿Qué es un recurso de protección?

    Es una acción constitucional de emergencia que persigue evitar la ocurrencia de actos ilegales o arbitrarios que amenacen, perturben o priven a una persona el legítimo ejercicio de los derechos que consagra la Constitución Política de la República.

  • 6- ¿Dónde y qué plazo existe para interponer un recurso de protección?

    El recurso se presenta ante la Corte de Apelaciones correspondiente a su domicilio, existiendo un plazo máximo de 30 días corridos para interponerlo, contados desde que le entregan la carta en su domicilio.

  • 7- ¿Cómo puedo saber con certeza si estoy dentro de plazo?

    Debe ingresar el código que se encuentra en la parte superior izquierda de la carta en www.correos.cl > Seguimiento en línea.

  • 8- ¿Qué pasa si no interpuse el recurso dentro del plazo?

    El aumento del precio del plan se lleva a efecto una vez que la Isapre comunica, a través de una nueva carta, el aumento efectivo del precio del plan. Esta segunda carta corresponde al FUN (formulario único de notificación), el cual consiste en la comunicación formal por la cual la Isapre da a conocer el nuevo costo del precio del plan de salud. Sin embargo, una vez recibido el FUN se abre una nueva posibilidad y por ende un nuevo plazo de 30 días, para dejar sin efecto el alza del precio del plan de salud. Este plazo se cuenta desde que se recibe el FUN en el domicilio.

  • 9- Si presento el recurso de protección, pero respecto de la segunda carta (FUN) ¿puedo conseguir algo?

    Sí. Si se presenta un recurso de protección en contra del FUN, igualmente la Corte de Apelaciones obliga a la Isapre a mantener el plan con el precio contratado, sin reajuste.

  • 10- ¿Qué requisitos tengo que cumplir para presentar un recurso de protección?

    Contactarse con nosotros dentro de plazo, y tener la carta de adecuación original o una copia solicitada a la ISAPRE, más el sobre que contenía la mencionada carta.

  • 11- ¿Qué sucede si estoy dentro de plazo pero no tengo el sobre en que me llegó la carta?

    Deberá contactarse a la brevedad con nuestros abogados para buscar una solución.

  • 12- ¿Qué puedo conseguir con el recurso de protección?

    Que el alza anunciada por su Isapre quede sin efecto. Así, mantendrá la cobertura y beneficios de su plan de salud, sin pagar de más.

  • 13- ¿Cuánto demora en tramitarse el recurso?

    Entre uno y dos meses.

  • 14- ¿Cuáles son las posibilidades de éxito?

    Altísimas. Llevamos una cantidad importante de recursos tramitados, todos acogidos favorablemente para los intereses de nuestros clientes.

  • 15- ¿Por qué esta gestión no tiene costos para el afiliado afectado?

    No existen costos para usted, ya que los honorarios de nuestros abogados serán pagados por las Isapres que han cometido el acto arbitrario e ilegal.

  • 16- ¿Debo firmar algún documento?

    Un mandato judicial, para que podamos representarlo ante los tribunales de justicia, y un contrato de honorarios, donde se estipula que los honorarios de los abogados serán las costas a las que la Isapre será obligada a pagar.

  • 17- ¿Mi Isapre puede sancionarme de alguna forma si presento un recurso de protección?

    De ninguna manera, ya que el contrato de salud sólo puede modificarse o terminarse por causas legales excepcionales, expresamente reguladas en la ley.

  • ¿Cómo detener el alza?

    Puede dejar sin efecto el alza de su plan de salud a través de la presentación y tramitación de un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones (...)

    Consultar una causa

    1. Seleccione corte de origen: "Corte de Apelaciones de Valparaíso".
    2. Seleccione Recurso "Queja-hecho-amparo-protección".
    3. Ingrese año y nº de ROL de su causa. Si no lo recuerda, solicítelo aquí.

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    Nuestro estudio jurídico cuenta con un amplio y destacado equipo de abogados especialistas.

    No aceptes el alza de tu plan de salud! Nosotros Te Defendemos.